miércoles, 17 de agosto de 2011

La Dirección General de Fiscalización y Control es el órgano técnico-normativo y supervisor que tiene a su cargo dirigir, regular y ejecutar las acciones de verificación y sanción de infracciones a las normas de protección al patrimonio cultural de la Nación, así como movilizar a la ciudadanía y coordinar con los organismos competentes del Estado para la realización de las acciones de protección, defensa, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes culturales pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación. Dependen funcionalmente del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.

La Dirección General de Fiscalización y Control para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones:

- Dirección de Control y Supervisión
- Dirección de Recuperaciones 





Funciones de la Dirección General de Fiscalización y Control
La Dirección General de Fiscalización y Control tiene las siguientes funciones:
  • Promover la protección y defensa del patrimonio cultural de la nación
  • Proponer las normas y directivas para la protección y defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Fiscalizar el cumplimiento de la normatividad y reglamentación vigente vinculada a la protección del patrimonio cultural de la nación, en el ámbito de su competencia.
  • Dirigir, regular y/o ejecutar las acciones de verificación de infracciones a las normas de protección al patrimonio cultural de la nación.
  • Implementar las acciones necesarias para el control del tráfico ilícito de bienes culturales muebles y su recuperación dentro del país, en coordinación con los sectores correspondientes.
  • Coordinar las acciones necesarias con las entidades competentes para la recuperación mediante repatriación de bienes culturales muebles.
  • Elaborar, ejecutar y supervisar los planes de protección y defensa del patrimonio cultural de la nación en caso de desastres naturales y conflicto armado, en coordinación con los órganos competentes de la Institución.
  • Proponer a los órganos competentes del Ministerio de Educación la inclusión en los currículos educativos de temas, recursos pedagógicos y actividades, orientadas a la formación de valores relacionados con el conocimiento, protección y defensa del patrimonio cultural de la Nación.
  • Coordinar, supervisar y ejecutar actividades de capacitación y formación, dirigidas al personal de las instituciones involucradas y al público en general, para la protección, preservación y defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Coordinar con los órganos competentes del Ministerio y otros organismos las acciones para la defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Preparar los informes técnico-legales que sustenten los procesos a cargo de la Procuraduría Pública del sector relacionados con la defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Determinar y aplicar sanciones, medidas adicionales o complementarias por infracción a las normas de protección al patrimonio cultural de la nación, o resolver el archivo del procedimiento de no configurarse la existencia de infracción.
  • Resolver en primera instancia administrativa los recursos impugnativos que le correspondan.
  • Resolver los procedimientos de fraccionamiento y otros beneficios en el pago de las multas correspondientes a infracciones contra el patrimonio cultural de la nación, conforme a la normatividad vigente.
  • Expedir resoluciones en el ámbito de su competencia.
  • Elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones de sanción que expida
  • Las demás funciones que le encargue el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.


De las funciones de la Dirección de Control y Supervisión
La Dirección de Control y Supervisión tiene las siguientes funciones:
  • Realizar acciones de investigación, averiguación, vigilancia e inspección con el objeto de determinar con carácter preliminar si concurren circunstancias que justifique el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, así como posibles atentados contra el patrimonio cultural de la Nación.
  • Emitir la resolución del inicio del procedimiento administrativo sancionador.
  • Dirigir y desarrollar la instrucción del procedimiento administrativo sancionador.
  • Realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para el análisis de los hechos, recabando los datos, información y pruebas que sean relevantes para determinar, la existencia de infracciones sancionables.
  • Emitir el informe técnico en el que conste detalladamente los hechos ocurridos que orienten al órgano sancionador para la aplicación o no de la sanción correspondiente.
  • Disponer las medidas preventivas y/o cautelares cuando corresponda.
  • Disponer la acumulación de los procedimientos en trámite que guarden conexión, como aquellos procedimientos en trámite que versan sobre las mismas infracciones detectadas en procedimientos anteriores.
  • Las demás funciones que le encargue el Titular de la Dirección General de Fiscalización y Control.


De las funciones de la Dirección de Recuperaciones
La Dirección de Recuperaciones tiene las siguientes funciones:
  • Planear, organizar y dirigir las actividades administrativas de su competencia.
  • Realizar el seguimiento de los proyectos y convenios del Ministerio de Cultura vinculados con la recuperación, repatriación y restitución del patrimonio cultural de la Nación.
  • Proponer a la Dirección General de Fiscalización y Control procedimientos técnicos relacionados con la recuperación y repatriación del patrimonio cultural de la Nación.
  • Coordinar con los organismos competentes del Estado, Ministerio de Relaciones Exteriores, oficina de INTERPOL, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria — SUNAT, entre otros, para la recuperación del patrimonio cultural de la Nación, dentro y fuera del país.
  • Elaborar una base de datos sobre los bienes culturales peruanos en el exterior cuya salida se presuma ilícita.
  • Realizar, en coordinación con el órgano competente, los procesos de verificación de presuntos bienes culturales contenidos en el equipaje de los pasajeros usuarios de los aeropuertos internacionales de nuestro país o en zona de frontera, así como de los terminales terrestres con destinos al exterior del país, o ubicados en zonas de frontera en cooperación con las autoridades aeroportuarias, aduaneras y policiales.
  • Elaborar informes y estadísticas de los procedimientos de recuperación de bienes culturales.
  • Proponer a la Dirección General de Fiscalización y Control medidas y procedimientos que contribuyan a fortalecer la prevención y control del tráfico ilícito de bienes culturales.
  • Proponer convenios de cooperación con entidades nacionales e internacionales con fines de defensa, recuperación y repatriación del patrimonio cultural de la Nación, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio.
  • Las demás funciones que le encargue el Titular de la Dirección General de Fiscalización y Control.