miércoles, 17 de agosto de 2011

La Dirección General de Fiscalización y Control es el órgano técnico-normativo y supervisor que tiene a su cargo dirigir, regular y ejecutar las acciones de verificación y sanción de infracciones a las normas de protección al patrimonio cultural de la Nación, así como movilizar a la ciudadanía y coordinar con los organismos competentes del Estado para la realización de las acciones de protección, defensa, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes culturales pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación. Dependen funcionalmente del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.

La Dirección General de Fiscalización y Control para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones:

- Dirección de Control y Supervisión
- Dirección de Recuperaciones 





Funciones de la Dirección General de Fiscalización y Control
La Dirección General de Fiscalización y Control tiene las siguientes funciones:
  • Promover la protección y defensa del patrimonio cultural de la nación
  • Proponer las normas y directivas para la protección y defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Fiscalizar el cumplimiento de la normatividad y reglamentación vigente vinculada a la protección del patrimonio cultural de la nación, en el ámbito de su competencia.
  • Dirigir, regular y/o ejecutar las acciones de verificación de infracciones a las normas de protección al patrimonio cultural de la nación.
  • Implementar las acciones necesarias para el control del tráfico ilícito de bienes culturales muebles y su recuperación dentro del país, en coordinación con los sectores correspondientes.
  • Coordinar las acciones necesarias con las entidades competentes para la recuperación mediante repatriación de bienes culturales muebles.
  • Elaborar, ejecutar y supervisar los planes de protección y defensa del patrimonio cultural de la nación en caso de desastres naturales y conflicto armado, en coordinación con los órganos competentes de la Institución.
  • Proponer a los órganos competentes del Ministerio de Educación la inclusión en los currículos educativos de temas, recursos pedagógicos y actividades, orientadas a la formación de valores relacionados con el conocimiento, protección y defensa del patrimonio cultural de la Nación.
  • Coordinar, supervisar y ejecutar actividades de capacitación y formación, dirigidas al personal de las instituciones involucradas y al público en general, para la protección, preservación y defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Coordinar con los órganos competentes del Ministerio y otros organismos las acciones para la defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Preparar los informes técnico-legales que sustenten los procesos a cargo de la Procuraduría Pública del sector relacionados con la defensa del patrimonio cultural de la nación.
  • Determinar y aplicar sanciones, medidas adicionales o complementarias por infracción a las normas de protección al patrimonio cultural de la nación, o resolver el archivo del procedimiento de no configurarse la existencia de infracción.
  • Resolver en primera instancia administrativa los recursos impugnativos que le correspondan.
  • Resolver los procedimientos de fraccionamiento y otros beneficios en el pago de las multas correspondientes a infracciones contra el patrimonio cultural de la nación, conforme a la normatividad vigente.
  • Expedir resoluciones en el ámbito de su competencia.
  • Elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones de sanción que expida
  • Las demás funciones que le encargue el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.


De las funciones de la Dirección de Control y Supervisión
La Dirección de Control y Supervisión tiene las siguientes funciones:
  • Realizar acciones de investigación, averiguación, vigilancia e inspección con el objeto de determinar con carácter preliminar si concurren circunstancias que justifique el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, así como posibles atentados contra el patrimonio cultural de la Nación.
  • Emitir la resolución del inicio del procedimiento administrativo sancionador.
  • Dirigir y desarrollar la instrucción del procedimiento administrativo sancionador.
  • Realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para el análisis de los hechos, recabando los datos, información y pruebas que sean relevantes para determinar, la existencia de infracciones sancionables.
  • Emitir el informe técnico en el que conste detalladamente los hechos ocurridos que orienten al órgano sancionador para la aplicación o no de la sanción correspondiente.
  • Disponer las medidas preventivas y/o cautelares cuando corresponda.
  • Disponer la acumulación de los procedimientos en trámite que guarden conexión, como aquellos procedimientos en trámite que versan sobre las mismas infracciones detectadas en procedimientos anteriores.
  • Las demás funciones que le encargue el Titular de la Dirección General de Fiscalización y Control.


De las funciones de la Dirección de Recuperaciones
La Dirección de Recuperaciones tiene las siguientes funciones:
  • Planear, organizar y dirigir las actividades administrativas de su competencia.
  • Realizar el seguimiento de los proyectos y convenios del Ministerio de Cultura vinculados con la recuperación, repatriación y restitución del patrimonio cultural de la Nación.
  • Proponer a la Dirección General de Fiscalización y Control procedimientos técnicos relacionados con la recuperación y repatriación del patrimonio cultural de la Nación.
  • Coordinar con los organismos competentes del Estado, Ministerio de Relaciones Exteriores, oficina de INTERPOL, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria — SUNAT, entre otros, para la recuperación del patrimonio cultural de la Nación, dentro y fuera del país.
  • Elaborar una base de datos sobre los bienes culturales peruanos en el exterior cuya salida se presuma ilícita.
  • Realizar, en coordinación con el órgano competente, los procesos de verificación de presuntos bienes culturales contenidos en el equipaje de los pasajeros usuarios de los aeropuertos internacionales de nuestro país o en zona de frontera, así como de los terminales terrestres con destinos al exterior del país, o ubicados en zonas de frontera en cooperación con las autoridades aeroportuarias, aduaneras y policiales.
  • Elaborar informes y estadísticas de los procedimientos de recuperación de bienes culturales.
  • Proponer a la Dirección General de Fiscalización y Control medidas y procedimientos que contribuyan a fortalecer la prevención y control del tráfico ilícito de bienes culturales.
  • Proponer convenios de cooperación con entidades nacionales e internacionales con fines de defensa, recuperación y repatriación del patrimonio cultural de la Nación, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio.
  • Las demás funciones que le encargue el Titular de la Dirección General de Fiscalización y Control. 

viernes, 16 de julio de 2010

CERRO TRINIDAD 14.04.2010

Fecha de inspección: 14/04/2010
Hora: 10.00 am
Prov.-distrito: Distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima.
Nombre del monumento prehispánico: Complejo Arqueológico Cerro Trinidad.
Coordenada UTM WGS84:
-0253018 E, 8718958 N
Fecha del atentado: 08 de Abril del 2010
Responsable(s) del atentado: Emapa Chancay S.A.C y Municipalidad Distrital de Chancay
Tipo de Atentado: Muy Grave afectación
Descripción de la afectación:
- Esta alteración se compone de la exposición, disturbación y descontextualización de muchos vestigios arqueológicos tipo fragmentería cerámica (abundante cantidad de tiestos cerámicos diagnósticos y no diagnósticos), restos óseos humanos y muestras malacológicas, hecho producido por la excavaciones inconsultas de zanjas para colocar tuberías y en otros casos cambiar las mismas, realizadas durante la ejecución inconsultas de zanjas para colocar tuberías y en otros casos cambiar las mismas, realizadas durante la ejecución del Proyecto denominados "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado en el Centro Poblado Juan Velasco Alvarado Etapa I y II, Urbanizaciones Villa Progreso y Trinidad II", acciones que atentan contra la conservación y preservación del patrimonio cultural de la Nación, ejecutadas exprofesamente, sabiendo de la Intangibilidad y Relevancia Arqueólogica de la zona.
Acciones realizadas durante la comisión:
-Verificación de la denuncia, conversación directa con la población local y los infractores.
-Inspección y constatación in situ.
-Diligencia a la Comisaría de la Jurisdicción para presentar la denuncia y hacer el parte policial
Observaciones y datos adicionales:
Por lo observado y verificado en campo, la zona evaluada y sectores comarcanos presentan debajo de su superficie interesante y abundante cantidad de vestigios prehispánicos tipo cerámica (como por ejemplo, se ha hallado una gran cantidad de tiestos cerámicos que presentan la técnica decorativa Blanco sobre Rojo del Periodo Intermedio Temprano, siglos II a VI después de Cristo), regular cantidad de restos óseos humanos y fragmentos malacológicos. Es decir tods los AA.HH., pasajes y urbanizaciones están asentados sobre terrenos que presentan una Alta Potencialidad Arqueológica.
Integrantes de la comisión:
-Lic. Alonso Cárdenas villanueva
-Técnico de 3º Jesús Sánchez
Fotos:
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jueves, 15 de julio de 2010

CERRO LURIGANCHO 19.03.2010

Fecha de inspección: 19/03/2010
Hora: 10.00 am
Prov.-distrito: Distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima
Nombre del monumento prehispánico: Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Lurigancho.
Coordenada UTM WGS84:
- 0283782 E, 8671826 N (parte media)
-0283941 E, 8672028 N (parte alta)
Fecha del atentado: 25 de Febrero del 2010
Responsable(s) del atentado: No se pudo identificar a los responsables
Tipo de Atentado: Muy grave afectación
Descripción de la afectación: Excavaciones ilegales (huaqueo)
Acciones realizadas durante la comisión:
-Verificación de la denuncia
-Inspección y constatación in situ
Observaciones y datos adicionales:
-La zona evaluada presenta una alta potencialidad arqueológica en cuanto a estructuras arquitectónicas defensivas, de observación, de almacenamiento y ocupación transitoria - refugio en caso de guerras y conflictos locales, por la posición estratégica en la que están asentadas. Además se hallado regular cantidad de cerámica dispersa en todo el cerro tanto en los huaqueos como en los puntos recorridos de la inspección.
-In situ se pudo observar que existe un crecimiento suburbano extensivo del Asentamiento Humano Santa Rosa que en un futuro muy cercano comprometería mas este monumento Arqueológico Prehispánico de Cerro Lurigancho.
-Dicho Monumento no está declarado ni delimitado.
Integrantes de la comisión:
-Lic. Alonso Cárdenas Villanueva
Fotos:
No hay Foto

miércoles, 30 de junio de 2010

HUACA 23, 05.05.2010

Fecha de inspección: 05/05/2010
Hora: 10:00 am.
Prov.-distrito: Distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima.
Nombre del monumento prehispánico: Sitio Arqueológico Huaca 23.
Coordenada UTM WGS84:
-Vértices U20 y R20 del plano perímetrico Nº 36-CCZAOAAHH-99
Fecha del atentado: 05 de Mayo del 2010
Responsable(s) del atentado: Severo Fernández Najarro
Tipo de Atentado: Invasión o posesión ilegal de Zona Intangible.
Descripción de la afectación:
-No hubo afectación al S.A. Huaca 23 y no se encontró evidencia arqueológica expuesta y/o sobre superficie.
Acciones realizadas durante la comisión:
-Verificación de la denuncia, conservación directa con el invasor y locales.
-Inspección y Constatación in situ.
-Diligencia a la Comisaría de la Jurisdicción para presentar la denuncia y hacer el parte policial.
Observaciones y datos adicionales:
-El invasor se mostró díscolo a salir del terreno intangible, pero al final acepto retirarse de la zona evaluada.
-Los materiales de construcción precarios del invasor fueron sacados de la zona intangible, por miembros de la Policía Municipal de San Miguel en coordinación con una regidora.
Integrantes de la comisión:
-Lic. Alonso Cárdenas Villanueva.
-Técnico de 3º Jesús Sánchez Lizarme
Fotos:
No hay fotos.

viernes, 25 de junio de 2010

RÍO SECO 19.03.2010

Fecha de inspección: 19.03.2010
Hora: 10:00 am.
Prov.-distrito: Distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima.
Nombre del monumento prehispánico: Zona Arqueológica Río Seco
Coordenada UTM WGS84:
-Sector denominado Parcela "B" entre los vértices 5 y 6 del plano perimétrico.
Fecha del atentado:
-15 de Marzo del 2010
Responsable(s) del atentado: Grave afectación
Tipo de Atentado: Quilder Hernández Cama
Descripción de la afectación:
-Se constató que el Sr. Quilder Hernández Cama identificado con DNI Nº 10479116 ha vendido un terreno de 500 metros cuadrados al Sr. Braidy Carlesi Perez Monteza, este terreno deacuerdo a los datos georeferenciales constatados en la base de datos de SDIC, forma parte de la zona intangible de Río Seco ubicado en el sector denominado Parcela "B" entre los vértices 5 y 6 del plano perimétrico precitado.
Acciones realizadas durante la comisión:
-Verificación de la denuncia, conversación directa con el comprador.
-Inspección y constatación in situ.
Observaciones y datos adicionales:
-Cabe señalar que al Sr. Hernández, el INC le ha iniciado un procedimiento Administrativo Sancionador hace tres meses por una grace afectación a la Z.A. precitada (construcción del restaurante "Palermo" y escaleras en zona intangible) proceso llevado a cabo por el Lic. Arturo Santos Valencia. Cuando el Lic. Santos realizó la inspección de constatación, pudo conversar con el presunto responsable exponiéndole las obligaciones y restricciones de ley.
Integrantes de la comisión:
-Lic. Alonso Cárdenas Villanueva
-Técnico de 3º Jesús Sánchez Lizarme
Fotos:
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